Trámites Secretaría de Gobierno

EXTENSIÓN DE HORARIO

Para el trámite de autorización de extensión de horario de establecimientos de comercio con venta y consumo de bebidas alcohólicas, los interesados deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 87 de la Ley 1801 de 2016 – Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, los cuales constituyen condiciones obligatorias para el ejercicio de actividades económicas. En este sentido, se deberá aportar:

  • Certificado de uso del suelo expedido por la Secretaría de Planeación Municipal y/o Curaduría.
  • Paz y salvo por concepto de derechos de autor.
  • Certificado de seguridad emitido por el cuerpo de bomberos.
  • Certificado de higiene y salubridad pública expedido por la autoridad de salud.
  • Registro mercantil vigente de la Cámara de Comercio de Cartago.
  • Paz y salvo o recibo de pago del impuesto de industria y comercio.
  • Constancia de comunicación de apertura del establecimiento ante la Policía Nacional.

Esta documentación deberá ser radicada en la ventanilla Única de la Alcaldía de Cartago, ubicada en la calle 8 No. 05–68. Se precisa que el cumplimiento de estos requisitos no es opcional, sino una carga legal permanente, por lo cual deberán mantenerse actualizados anualmente y ser presentados en su totalidad al momento de solicitar por primera vez o renovar la autorización. En concordancia, la jurisprudencia de la Corte Constitucional ha reiterado que el ejercicio de actividades económicas no es un derecho absoluto, sino que se encuentra sujeto al cumplimiento estricto de las normas de policía, seguridad, salubridad y convivencia, cuya inobservancia da lugar a la imposición de medidas correctivas y sanciones por parte de la autoridad competente.

Se informa a los establecimientos de comercio que actualmente cuentan con autorización de extensión de horario que, para efectos de su evaluación, control y continuidad, las solicitudes deberán radicarse a más tardar el primer martes de cada mes en la ventanilla Única de la Alcaldía de Cartago,, indicando de manera expresa la relación de fechas para las cuales se solicita la extensión durante el respectivo mes. Las autorizaciones serán entregadas los días viernes, una vez surtido el proceso de estudio y verificación del cumplimiento de requisitos. Las solicitudes presentadas por fuera de este plazo no serán objeto de análisis en el periodo correspondiente, lo que podrá afectar la vigencia de la autorización, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 1801 de 2016.

Funcionaria responsable: ARIANIS ROCIO GARCIA PELAEZ