Procesos Policivos

VALIDEZ JURÍDICA DE LA NOTIFICACIÓN Y CITACIÓN POR CANAL INSTITUCIONAL OFICIAL

En cumplimiento del debido proceso (Art. 29 de la Constitución Política de Colombia) y las disposiciones del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Ley 1801 de 2016), las Inspecciones Municipales de Convivencia y Paz de la Alcaldía de Cartago hacen uso de la presente plataforma web institucional para surtir las citaciones dentro de los Procesos Verbales Abreviados.

Aviso y Salvedad Legal: Este canal oficial de citación pública se utilizará de manera subsidiaria únicamente en los siguientes eventos:

  • Cuando el presunto infractor, pese a ser ubicado físicamente por el funcionario que ejerce la tarea de citador, adscrito a las Inspecciones Municipales de Convivencia y Paz, se niegue a recibir la citación personal.
  • Cuando no sea posible la entrega directa, garantizando con esta publicación el derecho a la defensa y la debida notificación en los términos del Art. 223 de la Ley 1801 de 2016.
  • En aplicación del Decreto 768 de 2025, “Por medio del cual se adiciona el capítulo XVIII al Título 8, a la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1070 de 2015, ‘Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa’, para reglamentar parcialmente la Ley 1801 de 2016, Por la cual se expide el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana”, Sección 5 – del Procedimiento. Art. 2.2.8.18.5.2. Notificaciones en el proceso verbal abreviado. Cuando se tomen decisiones de cualquier naturaleza dentro del proceso verbal abreviado de policía, en primera o segunda instancia diferentes a las realizadas en estrados en audiencia, se realizará la notificación mediante el envío de mensaje de datos a la dirección electrónica que suministre el interesado y que así lo haya autorizado, sin necesidad del envío de previa citación o aviso físico o virtual; igualmente, se entenderán notificadas las decisiones con el envío de comunicación escrita por correo certificado a la dirección que se haya suministrado, o de acuerdo con las circunstancias por el medio más expedito o idóneo.

La fijación de la citación se entenderá legalmente surtida y habilitará a las inspecciones para continuar con el desarrollo de la audiencia o trámite policivo, incluso en ausencia del citado